06 mayo 2009

Improcedente amparo contra Globovision y RCTV Internacional

La Sala Constitucional, con ponencia del magistrado Marcos Tulio Dugarte, declaró improcedente la acción de amparo constitucional presentada el 6 de noviembre de 2008, por la Fundación Latinoamericana para el Desarrollo de la Equidad (Fundaequidad), contra Corpomedios GV Inversiones, C.A. (Globovisión) y Radio Caracas Televisión Internacional (RCTV).
La Sala del Máximo Tribunal del país, luego de declarar su competencia para conocer del recurso, se pronunció respecto a su admisibilidad y observó que la presunta amenaza de lesión denunciada por Fundaequidad está atribuida a una actuación concreta imputada a Globovisión y RCTV, por presuntamente incitar a la violencia y al golpe de Estado.
El recurso que fue intentado contra las dos estaciones de televisión también está referido a la supuesta amenaza de infracción constitucional producida por los presuntos agraviantes ante la transmisión de un video y una entrevista radial de Miguel Ángel Rodríguez que, en opinión de Fundaequidad, afectan el artículo 58 de la Constitución de obtener una información veraz, oportuna e imparcial, por considerar que indican que el Presidente de la República posee vínculos con las FARC y organizaciones terroristas.
Al respecto indicó la Sala Constitucional, que la parte accionante “no expuso de qué forma su situación jurídica personal o colectiva se vería afectada por las actuaciones denunciadas, ya que sólo se limitó a señalar la presunta inconstitucionalidad de las respectivas transmisiones puntuales. Tampoco consignó en este caso prueba que tuviese valor jurídico, que demostrase tales hechos.”
En cuanto a la supuesta amenaza consistente en la posible interferencia de los mensajes y alocuciones contra del Ejecutivo Nacional, por intermedio de la transmisión de imágenes, “constituye una denuncia referida a la legalidad de la actuación de dichas plantas televisoras; cuestión regulada en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y el Código Penal, y no a una infracción directa de disposiciones consagratorias de derechos constitucionales”, precisa el dictamen de la Sala Constitucional.
Agregó la Sala del TSJ que “no existe en autos, como antes se apuntó, ningún elemento del cual pudiera derivarse con la certeza que requiere la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, de que las accionadas amenacen con la interferencia de mensajes y alocuciones del Ejecutivo Nacional, esto es, de incurrir a futuro en una infracción de las disposiciones de rango legal que rigen su actividad.”
La Sala Constitucional recordó que no se puede interponer un amparo porque se tema la posible violación de una Ley; “máxime cuando existen los órganos administrativos y el ordenamiento jurídico legal para lograr los debidos correctivos. Admitir la existencia de una amenaza, como lo señala la accionante, sería asumir anticipadamente que las plantas televisivas van a actuar de manera ilegal o arbitraria, y prohibirles una conducta que de estar contemplada en la ley como originaria de sanciones, debería ser el órgano competente -en este caso administrativo- quien las imponga.”
Reiteró la Sala del Tribunal Supremo de Justicia que el amparo es un medio de protección no de anticipación a hechos o actuaciones que, de estimarse en arbitrarias o ilegales, tendrán que ser impugnadas por las vías judiciales idóneas.

Tomado de www.laverdad.com


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Limitante con el papel afecta la Libertad de Expresión

Marcos Ruiz, secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa, ofreció una rueda de prensa en la sede del Colegio Nacional de Periodistas de Lara para hablar sobre la escasez de papel que viven los medios impresos independientes de Venezuela, en especial del caso de #ELIMPULSO, que estuvo a punto de interrumpir su circulación por falta de ese indispensable recurso. A Ruiz lo acompañó Aura Rosa Matheus, secretaria del CNP Lara. "La CIDH ha señalado que las limitaciones para adquirir papel son violaciones a la libertad de expresión e información" declaró Ruiz en la conversación con los medios de comunicación de Barquisimeto. Sobre el caso de #ELIMPULSO dijo "Exigimos que se cumpla el compromiso de despachar las 98 toneladas de papel que están en la Corporación Maneiro. Al día de hoy la estabilidad laboral está garantizada para los trabajadores del diario @elimpulsocom. No queremos volver a vivir con esta incertidumbre para cientos de trabajadores". Comentó que varios medios del país sufren la misma situación de #ELIMPULSO "Seguimos exhortando a Alejandro Fleming para que agilice la entrega de recursos para importar papel. De nuevo todo el poder del Estado se enfila en contra de los periodistas y de los medios de comunicación por informar. El Gobierno ha monopolizado la importación y distribución de papel para los periódicos. Se ha instaurado la Corporación Maneiro como la única con derecho a importar y distribuir papel". Por su parte, Matheus dijo " @elimpulsocom no es el único afectado. El Informador y el Diario de Lara también han bajado su tiraje. Tenemos apenas un respiro al saber que @elimpulsocom no va a dejar de circular el domingo, pero la angustia continúa".