Junta
Directiva Nacional del CNP
11 de julio de
2011
Impulsada
por el artículo 43 del Código de Ética del Periodista Venezolano, que dice: «
El periodista tiene el deber de combatir sin tregua a todo régimen que adultere
o viole los principios de la democracia, la libertad, la igualdad y la
justicia», la Junta Directiva del Colegio Nacional de Periodistas ante la
continua y descarnada difusión de mensajes de odio que se viene suscitando en
los medios del Estado, en donde la descalificación, el etiquetaje de personas y
medios con palabras obscenas, la invitación a leer textos que incitan al odio
racial, y demás prácticas abusivas con respecto a la libertad de expresión,
exige el cese inmediato de estas campañas destinadas a exacerbar la crispación
política y el desprestigio de una parte de la sociedad venezolana, lo que
contradice el principio democrático de la Constitución vigente.
En
días pasados, en un programa de media noche de Venezolana de Televisión, el
conductor se refirió a Miguel Henrique Otero, director del diario El Nacional,
con motes despectivos e insultantes que hacían referencia a la madre de este.
Con ello, en una sola frase, el programa La Hojilla violó el artículo 11 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos –de carácter supraconstitucional
reconocido por el artículo 19 de nuestra carta magna– que en su primer y
segundo numeral dice: «1. Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y
al reconocimiento de su dignidad. 2. Nadie puede ser objeto de injerencias
arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio
o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación».
Igualmente, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su
artículo 60, contempla: «Toda persona tiene derecho a la protección de su
honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación».
El
hecho de que el conductor y entrevistador del programa, Mario Silva, no sea
licenciado en comunicación social y que por lo tanto no forme parte del CNP –lo
que implica que tanto Venezolana de Televisión como él violan la Ley de
Ejercicio del Periodismo– demuestra la necesidad de que la profesión se ejerza
legalmente, pues un comunicador social provee información de calidad, ya que
conoce y está comprometido con el Código de Ética del Periodista Venezolano,
que en su artículo 11 reza lo siguiente: «El periodista comete falta grave
cuando comunica de mala fe acusaciones sin pruebas o ataques injustificados a
la dignidad, honor o prestigio de personas, instituciones o agrupaciones».
La
responsabilidad de estas acciones, que violan las restricciones y limitaciones
legítimas del derecho a la Libertad de Expresión, tal como lo contempla la
legislación presente en Venezuela, no solo recae en quien se excede, sino
también en el medio por donde se difunden. Es por ello que denunciamos la
actuación sesgada de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, Conatel, por
la celeridad con que toma medidas contra cualquier medio privado en el país,
como fue el caso de Globovisión recientemente, y la ceguera con la que asume
violaciones a las normativas que directamente administra, como la Ley de
Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, cuando estas
ocurren en medios oficiales. Esta ley dice en el numeral 4 de su artículo 28 lo
siguiente: «Se sancionará al prestador de servicios de radio, televisión o
difusión por suscripción, en los casos que le sea aplicable, con multa desde
uno por ciento hasta dos por ciento de los ingresos brutos causados en el
ejercicio fiscal, inmediatamente anterior a aquél en el cual se cometió la
infracción, así como con cesión de espacios para la difusión de mensajes
culturales y educativos, cuando: (ómissis) u. Difunda mensajes discriminatorios
(ómissis)».
Un
hecho parecido al aquí denunciado, se suscitó con Radio Nacional de Venezuela,
donde la conductora del programa La noticia final, Cristina González, invitó a la audiencia a
leer un libelo antisemita llamado Los protocolos de los sabios de Sion, libro
apócrifo y considerado mundialmente como promotor del odio racial. A pesar de
que la Confederación de Asociaciones Israelitas de Venezuela introdujo una
denuncia ante el Ministerio Público, hasta la fecha no ha habido respuesta.
El
Colegio Nacional de Periodistas recuerda que las violaciones a los Derechos
Humanos son imprescriptibles y tienen carácter internacional, por lo que el
amparo que actualmente el Estado venezolano está haciendo a este tipo de
expresiones de odio no es garantía de impunidad y que llegará el momento en que
los responsables deberán acudir a la justicia, nacional o internacional, tal
como ocurrió con los directores de la Radio et Télévision Libre des Mille
Collines, de Ruanda, estación que propició la guerra fratricida de esa nación,
y que en el año 2003 fueron juzgados y condenados por un tribunal de las
Naciones Unidas.
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