El Tribunal Supremo de Justicia resolvió definitivamente sancionar a Globovisión con 30.000 unidades tributarias y el decomiso de siete equipos microondas, luego de cinco años en litigio
Cabe recordar que el día 3 de octubre de 2003 funcionarios de Conatel se presentaron en las instalaciones de Globovisión para notificar la apertura de un procedimiento sancionatorio e incautaron 7 equipos de microondas propiedad del canal, alegando que estaban siendo utilizados en frecuencias que no le habían sido autorizadas al medio.
El inicio del procedimiento sancionatorio se sustentó en 5 inspecciones previas practicadas por Conatel sobre los equipos ubicados en la sede principal del canal y en sus instalaciones en el Parque Nacional El Ávila y en El Volcán, Municipio El Hatillo.
El canal alegó en su oportunidad que todas estas inspecciones fueron absolutamente viciadas y, no obstante, sirvieron de fundamento para la decisión de Conatel.
Entre las irregularidades presentes en las inspecciones que realizó Conatel para esa fecha sobre los equipos de Globovisión, según destaca una nota de la consultoría jurídica del canal, destaca el hecho “de que las mismas fueron realizadas por funcionarios incompetentes sin la presencia de los representantes de Globovisión”.
Agrega el equipo legal de la planta que Globovisión no pudo haber estado usando las frecuencias señaladas en las inspecciones previas, “por cuanto en esas fechas no se causó interferencia alguna a los operadores que tiene autorizadas esas bandas, lo cual se evidenció sobradamente ante Conatel y el TSJ”.
En fecha 11 de diciembre de 2003, los abogados del canal introdujeron un recurso contencioso administrativo de nulidad con solicitud de medidas cautelares de suspensión de efectos, contra la providencia administrativa, que sancionaba a la planta con lo que para ese momento, equivalía a la cantidad de Quinientos Ochenta y Dos Millones de Bolívares (Bs. (582.000.000,00), así como con el comiso de siete equipos microondas.
El canal denunció tambén que hubo un vicio de “falso supuesto de derecho” en la providencia administrativa de Conatel, pues aun cuando el canal estuviese usando frecuencias no autorizadas para sus enlaces de microondas portátiles, tal circunstancia no constituía un uso clandestino del espectro radioeléctrico, por cuanto sólo podía ablarse de clandestinidad en aquellos casos en los cuales se utiliza ese espectro sin la concesión exigida por ley.
Luego de más de 5 años de juicio, el TSJ declaró sin lugar la nulidad solicitada por el canal, decisión que confirma el comiso de las siete unidades microondas del canal y el pago de una multa por la cantidad de BsF 582.000.
“Llama la atención que luego de una espera de más de 5 años para obtener una sentencia, la misma aparece publicada el día de hoy, 4 de junio de 2009, coincidiendo así con la fecha en la que el Presidente de Globovisión, Guillermo Zuloaga, fue imputado ante la Fiscalía General de la República”, resalta la nota de la consultoría jurídica. Alegan que también es de notar el hecho de que “luego de una espera de más de 5 años para obtener una sentencia la misma haya sido publicada a pocos días de las declaraciones del Presidente de la República, Hugo Chávez, quien, en clara referencia a Globovision hizo el siguiente señalamiento el pasado 28 de mayo: “Señora Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, con todos los Magistrados y los Tribunales, cumplan con su obligación que para eso están ahí, y si no pues renuncien y se van de sus cargos”, recuerdan.
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